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Acción urgente a favor de la ciudadana Lucía de Armas Ayón

logo_cir3 [1]Por Mara Michelle

Acción Urgente a favor de la ciudadana Lucía de Armas Ayón

El partido Arco Progresista (AP) y el Comité Ciudadanos por la Integración Racial (CIR) a través de sus respectivos proyectos, Ombusdman (Defensor del Pueblo) y Observatorio contra la Discriminación,  realizan esta Acción Urgente a favor de la ciudadana cubana Lucía Paula de Armas Ayón , vecina del Edificio C-18, Apto. 12, primer piso, Zona 6, del reparto Alamar, en el municipio Habana del Este, provincia Ciudad Habana, a quien las autoridades de la vivienda y de la policía municipales intentaron aplicar un desalojo (extracción de la vivienda según el eufemismo al uso), amparados en una interpretación discriminatoria del Decreto-ley 32, que prescribe la confiscación de bienes obtenidos mediante actividades ilícitas. Armas Ayón sufrió terror psicológico del jefe de policía al mando del operativo durante el intento de desalojo.

Este intento de desalojo ocurrió el pasado viernes 29 en horas de la mañana, pero las autoridades de la policía tuvieron que retirarse ante la protesta y el respaldo masivos que obtuvo la ciudadana Lucía de Armas de parte de sus vecinos y compañeros, por lo que constituye una franca y discriminatoria aplicación arbitraria de las leyes penales.

La historia de este caso se remonta al 23 de abril de 2008 cuando el hijo de Lucía de Armas resulta detenido y después condenado por tenencia de marihuana. En ese entonces las autoridades pertinentes practicaron todas las diligencias previstas en la ley, que comprenden el registro, pruebas testifícales y verificaciones, y en ningún caso se comprobó que la ciudadana Lucía de Armas, propietaria del inmueble, estuvieran implicada o conociera de las actividades de su hijo; en cuyo último caso, de ser afirmativo, estaría no obstante protegida por la ley.

Según Lucía de Armas, la sentencia del tribunal, condenatoria de su hijo, no contemplaba ni especificaba, por mandato judicial, la aplicación del Decreto-ley 32, ni la confiscación, en consecuencia, del inmueble. Y la actuación de las autoridades municipales de vivienda parece confirmarlo. Intentan desalojar a Lucía de Armas dos años después de encarcelado su hijo, y luego de haber considerado otras variantes en el caso. Parece evidente que por 500 pesos convertibles cubanos y entre 10 y 12 gramos de marihuana ocupados ningún juez justificaría la confiscación de una vivienda.

Dadas algunas prácticas de corrupción bastante frecuentes y conocidas, Ombusdman y el Observatorio contra la Discriminación temen que se trate del uso conveniente de los instrumentos jurídicos para favorecer intereses espurios, comunes en el enmarañado mercado de la vivienda en Cuba.

Este hecho reviste todas las características de una tragedia revolucionaria. Se trata de un apartamento construido y obtenido por gente humilde a través del programa de Microbrigadas de los años 70 del siglo pasado, es decir hace 37 años, cuando el joven preso no había nacido; un programa iniciado para beneficiar a trabajadores destacados en el llamado proceso revolucionario, como sin duda son los padres de Ricardo Semanal de Armas, preso ahora en el reclusorio de San José, provincia La Habana. En efecto Lucía de Armas es una profesora jubilada, hoy reincorporada en la enseñanza, y el padre, cuyo nombre no pudimos averiguar, es un militar. El joven preso, un adulto, enfermos de sida, que por razones obvias vive con su madre, su esposa y una de sus hijas, es plenamente responsable de unos actos generados en un ambiente de pérdida de valores, degradación y hacinamiento, de los cuales no es responsable la propietaria del inmueble. El único delito de ella, frente a una ley típicamente draconiana que castiga a culpables y a inocentes, es tener una relación consanguínea con el encartado directamente en el delito. De hecho esta ley, copiada casi al calco de una misma ley en los Estados Unidos, fue concebida para confiscar bienes obtenidos del tráfico de estupefacientes en un país donde los traficantes tienen la posibilidad legal de comprar sus viviendas, cosa que efectivamente hacen. Trasladar esa ley a Cuba, sin adecuarla al contexto, crea situaciones especiales de injusticia en un país con una precarísima situación de vivienda. Así se está creando un terrible precedente porque todos los padres corren el peligro de que se les confisquen sus inmuebles, en un país donde no hay prácticamente viviendas y donde las políticas del Estado han fracasado para alejar a los jóvenes de la droga. ¿Quiénes serán las próximas víctimas de en una tragedia que rompe la soga por el lado más débil de la sociedad?

Ombusdman y el Observatorio contra la Discriminación, están siguiendo de hecho otro caso ocurrido recientemente en la Calle Monte, No. 269B, entre Figuras y Antón Recio, municipio Habana Vieja, donde una anciana y su nieta fueron desalojadas de su vivienda por motivos similares. Las prácticas de desalojo tienen ya un abultado expediente en Cuba. Antes y después de 1959. Es un hecho triste que documentaremos en todos los casos, de modo de iniciar una acción en la Asamblea Nacional y llamar a la solidaridad mundial hacia las víctimas de la injusticia y la discriminación en Cuba.